POR UN FALLO DE LA CORTE, EL DUEÑO DE UN DOGO NO PAGARÁ $27 MILLONES A UNA NIÑA QUE FUE ATACADA

POR UN FALLO DE LA CORTE, EL DUEÑO DE UN DOGO NO PAGARÁ $27 MILLONES A UNA NIÑA QUE FUE ATACADA

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza revocó, por mayoría, una indemnización de $27,4 millones que había sido impuesta al propietario de un dogo argentino que atacó a una niña de 3 años en Malargüe. El tribunal consideró que el hecho fue imprevisto e imprevisible porque ocurrió dentro de una propiedad privada.

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Por Don Pancho 19 de agosto de 2026

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dejó sin efecto una condena civil de $27,4 millones contra el propietario de un dogo argentino que había atacado y provocado graves lesiones a una niña de 3 años en Malargüe.

La decisión fue adoptada por dos votos contra uno. Los jueces Dalmiro Garay y Teresa Day consideraron que el ataque constituyó un hecho imprevisto e imprevisible, mientras que el magistrado Omar Palermo sostuvo una posición contraria y entendió que el propietario debía responder por los daños ocasionados.

EL ATAQUE OCURRIÓ EN 2020

El hecho ocurrió el 1 de noviembre de 2020, cuando la niña ingresó a la vivienda del propietario del animal para jugar con sus hijas, con quienes tenía una relación de amistad.

Según surge del caso, la menor ingresaba habitualmente a la propiedad. Sin embargo, durante aquella jornada fue atacada por el perro y sufrió lesiones de gravedad.

Como consecuencia del ataque, la niña tuvo que ser sometida a tres intervenciones quirúrgicas y permaneció internada durante varios días, incluyendo un período en terapia intensiva.

LA FAMILIA HABÍA OBTENIDO UNA INDEMNIZACIÓN MILLONARIA

La madre de la niña inició una demanda civil contra el dueño del perro y reclamó una indemnización por las consecuencias del ataque.

En primera instancia, el Sexto Juzgado Civil, Comercial y Minas de Malargüe condenó al propietario a pagar $27,4 millones más intereses.

La decisión fue posteriormente confirmada por la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, por lo que el propietario recurrió ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

QUÉ DIJO LA MAYORÍA DE LA CORTE

Los jueces Dalmiro Garay y Teresa Day consideraron que el ataque había sido imprevisto e imprevisible.

El argumento central estuvo relacionado con el lugar donde ocurrió el hecho: el perro se encontraba dentro de una propiedad privada y la niña habría ingresado de manera repentina.

Según la interpretación de la mayoría, esa circunstancia rompió el vínculo necesario para atribuir responsabilidad civil al propietario.

El fallo también señaló que las obligaciones previstas para los propietarios de perros considerados peligrosos no son idénticas cuando el animal se encuentra dentro de una propiedad privada que cuando circula por la vía pública.

EL JUEZ PALERMO VOTÓ EN CONTRA

El juez Omar Palermo presentó el voto en minoría y sostuvo una postura diferente.

Para el magistrado, el ataque podía considerarse previsible, especialmente porque la niña conocía a las hijas del propietario y, de acuerdo con los antecedentes del caso, ingresaba habitualmente a la vivienda.

También cuestionó que el dueño del animal no contara con la licencia ni el seguro correspondientes para un perro considerado peligroso y señaló que en la propiedad no existían barreras suficientes para impedir el contacto entre el animal y la menor.

UNA DISCUSIÓN SOBRE LA RESPONSABILIDAD POR ANIMALES

El caso vuelve a poner bajo análisis un principio importante de la responsabilidad civil: quién debe responder cuando un animal provoca daños a otra persona.

La cuestión no se limita solamente a determinar si el perro estaba dentro de una vivienda. También resulta relevante analizar las circunstancias concretas del hecho, la conducta del propietario, las medidas de seguridad adoptadas y la posibilidad de prever el comportamiento del animal.

En este expediente, justamente, la mayoría y la minoría llegaron a conclusiones diferentes sobre ese último punto.

Mientras Garay y Day consideraron que el ataque fue imprevisible, Palermo entendió que las circunstancias previas permitían anticipar el riesgo.

LA FAMILIA TODAVÍA PUEDE RECURRIR

Con la resolución de la Suprema Corte mendocina, quedó revocada la condena civil que había establecido el pago de los $27,4 millones.

Sin embargo, la familia de la niña quedó en condiciones de recurrir la decisión ante instancias superiores, según informó Diario UNO.

El caso, además del fuerte impacto humano por las lesiones sufridas por la menor, abre una discusión jurídica sobre los límites de la responsabilidad de los propietarios de animales peligrosos cuando el ataque ocurre dentro de una propiedad privada.

Fuentes consultadas

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