IPV EN MENDOZA: LA NUEVA LEY QUE PERMITIRÁ REGULARIZAR VIVIENDAS Y READECUAR DEUDAS

IPV EN MENDOZA: LA NUEVA LEY QUE PERMITIRÁ REGULARIZAR VIVIENDAS Y READECUAR DEUDAS

El Senado provincial aprobó de manera definitiva un régimen que busca facilitar la titularidad de viviendas sociales y habilitar nuevas herramientas para recalcular créditos habitacionales. La reglamentación del IPV definirá cómo se aplicarán los procedimientos y quiénes podrán acceder.

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Por Tamara Celeste 14 de octubre de 2026

El acceso a la escritura de una vivienda y las dificultades para cancelar créditos habitacionales son dos de los problemas que busca abordar una nueva ley aprobada por el Senado de Mendoza. La iniciativa obtuvo sanción definitiva este martes 13 de octubre y establece herramientas para regularizar la titularidad de inmuebles vinculados al Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), además de permitir la readecuación de deudas que, en algunos casos, pueden superar el valor de mercado de las propiedades.

La norma apunta a resolver situaciones de familias que habitan viviendas sociales, pero todavía no cuentan con la documentación definitiva a su nombre, y a ofrecer alternativas para quienes enfrentan saldos de crédito que se incrementaron por los mecanismos de actualización.

Aunque el proyecto ya recibió la aprobación legislativa, su aplicación dependerá de la promulgación y de la reglamentación que deberá elaborar el IPV dentro de los 90 días posteriores a la promulgación.

Quiénes podrán regularizar la titularidad de una vivienda

Uno de los ejes centrales de la ley es facilitar la regularización dominial de las viviendas entregadas o financiadas por el organismo provincial.

Para iniciar el procedimiento, las personas interesadas deberán acreditar una posesión pública, pacífica y continua durante al menos un año. También tendrán que demostrar que el crédito habitacional se encuentra regularizado o que cuentan con un plan de pago vigente.

La iniciativa contempla, además, determinadas situaciones de ocupación de hecho. En estos casos, el IPV podrá revocar una adjudicación anterior y avanzar con una nueva, siempre que se respete el debido proceso legal y se cumplan las condiciones previstas.

Para esta alternativa, el plazo de posesión exigido será de al menos tres años, menor al que contemplaba el régimen anterior. Cuando corresponda una nueva adjudicación, podrán reconocerse los pagos acreditados por el ocupante sobre el crédito original, que se descontarán del saldo correspondiente.

No obstante, la ley establece exclusiones. Entre ellas, se encuentran las viviendas involucradas en denuncias de usurpación o en procesos judiciales destinados a recuperar la posesión, así como determinados casos de ocupación autorizada por el organismo y créditos que ya fueron cancelados.

Cómo podrán recalcularse las deudas del IPV

El segundo punto importante está relacionado con los créditos habitacionales cuyos saldos crecieron por los mecanismos de actualización aplicados a lo largo del tiempo.

La nueva norma habilita al Directorio del IPV a determinar los montos para adelantos de capital o cancelaciones totales tomando como referencia el valor del crédito y el costo de reposición de la vivienda, y aplicando el menor de ambos.

La herramienta también permitirá revisar y readecuar saldos cuando los índices utilizados para actualizar las cuotas hayan generado diferencias importantes entre la deuda pendiente y el valor real del inmueble.

Además, se prevé la posibilidad de establecer quitas bajo las condiciones que se definan en la reglamentación, incluso para determinados adelantos de cuotas que no impliquen cancelar la totalidad del préstamo.

Durante el tratamiento legislativo se explicó que algunos créditos otorgados desde 2017 quedaron alcanzados por mecanismos de actualización vinculados con las unidades de valor y la variación salarial. En determinados casos, la evolución de esos indicadores provocó que las deudas superaran el precio de mercado de las viviendas.

Qué falta para que entre en vigencia

La aprobación legislativa representa un paso importante, pero no significa que los adjudicatarios puedan acceder automáticamente a una reducción de su deuda o iniciar de inmediato cualquier trámite de regularización.

El IPV deberá reglamentar los procedimientos, establecer las condiciones de aplicación y precisar la documentación que se exigirá en cada situación.

La discusión también tuvo diferencias durante el debate: se cuestionó especialmente el artículo que otorga al Directorio del organismo facultades para determinar los montos del capital adeudado.

El objetivo de la ley es ofrecer respuestas a familias que necesitan completar la titularidad de sus hogares y a quienes encuentran dificultades para cancelar sus créditos. El alcance concreto dependerá de cómo se reglamente la norma y de los requisitos que finalmente establezca el organismo provincial.

Fuentes: El Sol

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