CIUDADANÍA ITALIANA: EL FALLO QUE MANTIENE VIVA LA ESPERANZA DE MILES DE BISNIETOS Y TATARANIETOS ARGENTINOS
La Justicia italiana mantiene abierta la discusión sobre las restricciones impuestas en 2025 al reconocimiento de la ciudadanía por descendencia. Aunque un fallo favorable generó expectativas entre bisnietos y tataranietos, la normativa vigente todavía limita el acceso y el escenario judicial continúa en debate.
La ciudadanía italiana volvió a convertirse en un tema de enorme interés para miles de argentinos con antepasados nacidos en Italia. Un fallo judicial y las posteriores actuaciones de la Corte Constitucional italiana mantienen abierta una discusión que podría tener consecuencias para quienes quedaron alcanzados por las restricciones introducidas durante 2025.
Durante décadas, el principio del iure sanguinis permitió que la ciudadanía italiana pudiera transmitirse por descendencia sin un límite generacional automático. Esto hizo que numerosos argentinos pudieran reconstruir su árbol familiar hasta encontrar un antepasado italiano y solicitar el reconocimiento de la ciudadanía.
La situación cambió radicalmente en marzo de 2025, cuando Italia aprobó el Decreto-Ley 36/2025, posteriormente convertido en la Ley 74/2025. La reforma incorporó nuevas restricciones para quienes nacieron fuera de Italia y poseen otra ciudadanía.
Entre las excepciones previstas por la legislación se encuentran determinados casos en los que el solicitante tiene un padre o abuelo que conserva exclusivamente la ciudadanía italiana, o cuando uno de sus progenitores nació en Italia o residió allí durante al menos dos años consecutivos antes de su nacimiento o adopción.
EL FALLO QUE GENERÓ EXPECTATIVA
Antes y después de la reforma, distintos tribunales italianos comenzaron a recibir planteos contra las nuevas restricciones. Uno de los antecedentes que más expectativas generó fue una decisión de la Justicia italiana que sostuvo argumentos favorables al principio de transmisión de la ciudadanía y abrió la posibilidad de que descendientes más alejados —como bisnietos y tataranietos— intentaran defender su derecho por la vía judicial.
Ese antecedente fue interpretado como una señal de que la discusión no estaba cerrada. Sin embargo, no implicó automáticamente que todos los bisnietos o tataranietos argentinos recuperaran el derecho a tramitar la ciudadanía por la vía administrativa.
La diferencia es fundamental: un antecedente judicial favorable no equivale a la eliminación de la legislación vigente.
LA CORTE CONSTITUCIONAL MANTIENE EL TEMA BAJO ANÁLISIS
La discusión llegó a la Corte Constitucional italiana. En marzo de 2026, el máximo tribunal analizó cuestionamientos contra las nuevas reglas y posteriormente publicó la sentencia 63/2026.
En esa resolución, la Corte consideró no fundada una de las cuestiones planteadas respecto de la aplicación temporal de las nuevas restricciones. El fallo confirmó que la reforma establece límites para determinados descendientes nacidos en el extranjero que poseen otra ciudadanía, aunque contempla excepciones específicas.
Pero el debate judicial no terminó allí.
En junio de 2026, la Corte Constitucional volvió a intervenir en causas relacionadas con el artículo 3-bis de la Ley 91/1992, introducido por la reforma de 2025. Entre ellas aparecen expedientes provenientes de los tribunales de Mantua y Campobasso, vinculados precisamente con la aplicación de las nuevas restricciones a la ciudadanía por descendencia.
Esto mantiene expectantes a los descendientes de italianos que consideran que la reforma afectó derechos que anteriormente podían ejercer.
¿QUÉ SIGNIFICA PARA LOS ARGENTINOS?
Para una persona que tenga un bisabuelo o tatarabuelo italiano, el escenario actual no permite afirmar simplemente que puede obtener la ciudadanía italiana como ocurría antes de la reforma.
La posibilidad depende de la composición de cada línea familiar, del lugar de nacimiento de los ascendientes, de las fechas y de si existieron solicitudes o procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la nueva normativa.
La propia Corte Constitucional establece como una de las situaciones relevantes la existencia de una solicitud administrativa o judicial presentada hasta el 27 de marzo de 2025, antes de la entrada en vigor de la reforma.
Por eso, quienes tengan documentación familiar avanzada o hayan iniciado algún trámite antes de esa fecha pueden encontrarse en una situación jurídica diferente de quienes recién comienzan ahora.
UNA HISTORIA QUE TODAVÍA NO TERMINÓ
Desde Argentina, y especialmente entre las comunidades de descendientes de italianos, la discusión sigue siendo seguida de cerca. El interés no es menor: Italia es uno de los países europeos con mayor cantidad de descendientes en Argentina y durante años el reconocimiento de la ciudadanía por sangre fue una vía utilizada por miles de familias.
El nuevo escenario obliga a analizar cada caso de manera individual y, en determinadas situaciones, recurrir a asesoramiento jurídico especializado.
Por ahora, la puerta para los bisnietos y tataranietos no puede considerarse nuevamente abierta de manera general, pero tampoco puede decirse que el debate esté definitivamente cerrado. Las causas que continúan en los tribunales italianos podrían determinar el alcance futuro de las restricciones.
La expectativa, entonces, está puesta en la evolución de la jurisprudencia. Para miles de argentinos que conservan documentos, partidas y árboles genealógicos de sus antepasados italianos, cada decisión judicial puede convertirse en una nueva señal sobre el futuro del derecho a reclamar la ciudadanía.
Fuentes consultadas: El Sol, Corte Constitucional de Italia